Izquierda Unida - Los Verdes, mediante su Concejal Portavoz Cristian Ibáñez, insistía en rueda de prensa en que no existe problema legal alguno con la Inspección de Trabajo para que las asociaciones, comparsas o los grupos festeros instalen sus casetas en la feria. Afirmaba Ibáñez que «el PP se inventó un problema legal que no existe», «un problema creado por la incompetencia del Concejal Delegado y la dirección política del Alcalde» -añadía.
El edil argumentaba que han analizado la legislación vigente, como la Ley Reguladora del Derecho de Asociación, la Ley General de la Seguridad Social, el Estatuto de los Trabajadores, diferentes sentencias del Tribunal Supremo y la legislación del voluntariado, además de haber contactado personalmente con la Inspección de Trabajo, y concluyen en la absoluta legalidad de estas casetas, gestionadas por socios voluntarios sin relación contractual ni remuneración alguna. Sólo existirán obligaciones -apuntaba- con Sanidad y Hacienda, pero nunca con la Inspección de Trabajo. Desde IU-LV aseguran que «están esperando a que el Concejal cumpla con su obligación y convoque la comisión», donde presentarán esta documentación acompañada de su propuesta para que la Feria de Almansa recupere la normalidad.
«Tenemos la propuesta en firme», comenzaba Cristian Ibáñez, «esperamos a que el Concejal cumpla su obligación y convoque la comisión pertinente como le pidió el PSOE». Aseguraba así estar a la espera de una convocatoria, sea de una comisión o una reunión específica sobre el asunto, para presentar toda la documentación que han reunido y su propuesta para solventar la problemática surgida durante la pasada Feria. Para IU-LV «el problema no existe, lo creó el PP de Almansa» y «son ellos quienes deberían resolverlo».
Explicaba el edil que han analizado la legislación vigente, como la Ley Reguladora del Derecho de Asociación (1/2002), que en su articulo 13 establece que «las asociaciones podrán realizar las actividades necesarias para cumplir sus fines», pudiendo «obtener beneficios del ejercicio de las actividades económicas» siempre que estos se destinen «exclusivamente a los fines de la asociación».
El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 1 referido al ámbito de aplicación, apartado 3.D. explica que «se excluyen del ámbito regulado por esta ley los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad»,es decir, los de voluntarios con fines sociales. Por su parte, en la Ley General de la Seguridad Social, en el articulo 137, se especifica que «no dará lugar a inclusión en el régimen general los siguientes trabajos: los que se ejecuten ocasionalmente mediante los llamados servicios amistosos, benévolos o de buena vecindad», por lo que no es necesaria ningún tipo de alta en la Seguridad Social de un voluntario socio que no percibe remuneración.
«Es un problema creado por la incompetencia del Concejal Delegado y la dirección política del Alcalde», «hay que recordarles que cuando la Feria estaba muerta, hace años, el Ayuntamiento corrió a pedir instalar sus casetas a las comparsas y grupos festeros», sentenciaba Ibáñez, que aseguraba haber contactado personalmente con la Inspección de Trabajo. «En base a esa conversación y la jurisprudencia de diferentes sentencias del Tribunal Supremo no existe dependencia, hay voluntarios, no trabajadores. (...) No hay retribución, no hay relación laboral». Por ello, exponía, «no existe obligación de dar de alta».
Las labores en cuestión, según el edil de IU-LV se corresponden con «trabajos de buena vecindad, en beneficio de la comunidad», y destaca que la legislación vigente incluye la especificidad de «colaboración en festejos populares». Igualmente, continuaba Ibáñez, la legislación del voluntariado habla del voluntariado cultural, del ocio y tiempo libre incluyendo las fiestas populares, y por tanto «no existe problema con la Inspección de Trabajo».
«Es un problema creado por la incompetencia del Concejal Delegado y la dirección política del Alcalde», «hay que recordarles que cuando la Feria estaba muerta, hace años, el Ayuntamiento corrió a pedir instalar sus casetas a las comparsas y grupos festeros», sentenciaba Ibáñez, que aseguraba haber contactado personalmente con la Inspección de Trabajo. «En base a esa conversación y la jurisprudencia de diferentes sentencias del Tribunal Supremo no existe dependencia, hay voluntarios, no trabajadores. (...) No hay retribución, no hay relación laboral». Por ello, exponía, «no existe obligación de dar de alta».
Las labores en cuestión, según el edil de IU-LV se corresponden con «trabajos de buena vecindad, en beneficio de la comunidad», y destaca que la legislación vigente incluye la especificidad de «colaboración en festejos populares». Igualmente, continuaba Ibáñez, la legislación del voluntariado habla del voluntariado cultural, del ocio y tiempo libre incluyendo las fiestas populares, y por tanto «no existe problema con la Inspección de Trabajo».
Por último, la formación de izquierdas afirmaba que presentarán su propuesta una vez el Concejal Delegado, Israel Rico, convoque la comisión pertinente o una reunión con ese fin, además de toda la documentación legal recabada. Aún así, sentenciaba que «está claro como el agua», «los socios pueden colaborar de forma voluntaria para beneficios destinados a los fines de la asociación marcados por estatutos», no existiendo relación laboral y por tanto obligación de causar alta en la Seguridad Social. Sin embargo, Cristian Ibáñez apuntaba que sí habría que cumplir con Sanidad y Hacienda, pero no con Trabajo.
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